ARTÍCULO
121.- La Auditoría General de la Nación
estará a cargo de siete (7) miembros designados cada uno como Auditor General,
los que deberán ser de nacionalidad argentina, con título universitario
en el área de Ciencias Económicas o Derecho, con probada especialización
en administración financiera y control.
Colegio de Auditores |
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